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Prórroga para el inicio de la obligatoriedad del CFDI 4.0

23/02/2022 - Reformas fiscales

En días recientes se publicó en el portal del SAT la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

El acceso a este documento puede ser encontrado en la página principal de la institución, o bien, puede consultarlo de manera directa mediante este enlace.

Dentro de esta Resolución de Modificaciones se realizaron tres reformas, la tercera de ellas dicta una modificación en el artículo Décimo Séptimo transitorio de la RMF para 2022, quedando como sigue:

“Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

Con lo anterior, se establece que los contribuyentes tendrán la totalidad del primer semestre del 2022 para continuar timbrando CFDI en su versión 3.3, y para realizar las adaptaciones necesarias para la migración al CFDI 4.0.

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